Solicitud de uso de lista de elegibles en convocatorias CNSC

Solicitud de uso de lista de elegibles en convocatorias CNSC

Las listas de elegibles por regla general tiene un término de vigencia de dos (2) años contados a partir de su firmeza de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 909 de 2004.

Las listas quedan en firme, en caso de no recibir solicitudes de exclusión dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición o una vez están sean resueltas de parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Una vez entran en firme las listas, la Comisión Nacional del Servicio Civil debe remitir cada una a la entidad nominadora dentro de los diez (10) días siguientes, de acuerdo con el artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015. Así mismo, la entidad nominadora cuyos empleos fueron convocados a concurso, debe comunicar el nombramiento en periodo de prueba a quienes ocupan una posición meritoria, dentro de los diez (10) días hábiles al recibo de la lista de parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Comunicado el nombramiento, el elegible cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar o rechazar el nombramiento.

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